Para solicitar la jubilación conviene preparar la documentación con tiempo y conocer los requisitos. Llega el momento de jubilarse y surge la duda: ¿cuándo puedo hacerlo, qué necesito y cómo lo pido? En esta guía te explicamos los requisitos para la pensión de jubilación ordinaria, la edad exigida en 2026, cómo se calcula la cuantía, cómo presentar la solicitud ante la Seguridad Social y qué errores debes evitar para no perder dinero.

Requisitos para la jubilación ordinaria
- Edad mínima: haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación que corresponda según tus años cotizados.
- Periodo mínimo de cotización: 15 años (5.475 días), de los cuales al menos 2 deben estar dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.
- Estar en alta o en situación asimilada al alta (por ejemplo, cobrando el paro). También se puede acceder desde una situación de no alta si se cumplen los requisitos de edad y cotización.
Estos requisitos están recogidos en la Ley General de la Seguridad Social, que puedes consultar en el BOE.
Edad de jubilación en 2026
La edad ordinaria se va retrasando de forma progresiva hasta llegar a los 67 años en 2027. En 2026:
- Pueden jubilarse a los 65 años quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses cotizados.
- Quienes tengan menos cotizado deben esperar a los 66 años y 10 meses.
Desde 2027 la edad general será de 67 años, o 65 con 38 años y 6 meses cotizados.
| Año | Con cotización suficiente | Con menos cotización |
|---|---|---|
| 2026 | 65 años (38 años y 3 meses cotizados o más) | 66 años y 10 meses |
| 2027 en adelante | 65 años (38 años y 6 meses cotizados o más) | 67 años |
Otras modalidades de jubilación
- Jubilación anticipada voluntaria: hasta 2 años antes de la edad ordinaria, con al menos 35 años cotizados y una reducción de la pensión por cada mes de adelanto.
- Jubilación anticipada involuntaria: hasta 4 años antes, por despido u otras causas no voluntarias, con 33 años cotizados.
- Jubilación demorada: si sigues trabajando tras la edad ordinaria, recibes un incremento por cada año adicional o un pago único.
- Jubilación activa y flexible: permiten compaginar la pensión con un trabajo.
- Jubilación parcial: reducir la jornada y cobrar parte de la pensión.
Cómo se calcula la pensión
La cuantía depende de dos factores:
- La base reguladora: se calcula con las bases de cotización de los últimos años. La normativa está en transición para permitir elegir los mejores años de un periodo más amplio. Consulta tu caso en la Seguridad Social.
- El porcentaje según los años cotizados: con 15 años se cobra el 50% de la base reguladora, y el porcentaje aumenta hasta el 100% con unos 36 años y 6 meses cotizados (la cifra exacta varía según el año).
La pensión tiene un mínimo y un máximo que se fijan cada año, por lo que cualquier importe que veas es orientativo. Puedes calcular una estimación en el simulador de jubilación de Tu Seguridad Social, disponible en la web de la Seguridad Social.
Antes de solicitar la jubilación: revisa tu vida laboral
El paso previo más importante es descargar tu historial de cotizaciones y comprobar que no falta ningún periodo. Un contrato que no aparece o unas bases de cotización incorrectas pueden reducir tu pensión o incluso hacerte perder el acceso a una modalidad anticipada. Te explicamos cómo pedir el informe de vida laboral online en pocos minutos. Si detectas un error, reclama la corrección a la Tesorería General de la Seguridad Social aportando nóminas o contratos antes de presentar la solicitud.
Cuándo presentar la solicitud
Puedes solicitarla hasta tres meses antes de la fecha prevista de jubilación. Si la presentas dentro de los tres meses siguientes al cese en el trabajo, cobrarás desde el día siguiente al cese. Si lo haces más tarde, los efectos económicos solo se retrotraen tres meses.
Cómo solicitar la jubilación paso a paso
Por internet
- Accede a Tu Seguridad Social o a la sede electrónica de la Seguridad Social con certificado digital, DNIe o Cl@ve. También hay un formulario para hacerlo sin certificado.
- Elige Pensión de jubilación.
- Revisa tus datos y tu historial de cotización.
- Indica la fecha en la que quieres jubilarte y tu cuenta bancaria.
- Adjunta la documentación y envía la solicitud.
Con identificación electrónica el trámite es más rápido y puedes seguir el expediente online. Si aún no la tienes, consulta cómo registrarte en Cl@ve o cómo obtener el certificado digital de la FNMT.
En persona
Pide cita previa en un CAISS y lleva la solicitud rellenada y la documentación. Es una buena opción si tu caso es complejo (periodos en el extranjero, varios regímenes, jubilación parcial) y quieres que un funcionario revise tu situación contigo.
Documentación necesaria
- DNI o NIE.
- Datos de la cuenta bancaria donde cobrarás la pensión.
- Si procede, documentación de los últimos periodos cotizados o del cese en la empresa.
- En caso de jubilación anticipada involuntaria, la carta de despido o el documento que acredite la causa.
Plazo de resolución
El INSS tiene un plazo de 90 días para resolver. Si no responde en ese tiempo, se entiende denegada y puedes reclamar.
Casos especiales
Si cobras el paro
Estar cobrando la prestación por desempleo es una situación asimilada al alta, así que puedes jubilarte desde ella. Si te quedas sin empleo poco antes de la edad de jubilación, revisa cómo pedir el paro por internet y valora con el SEPE si te corresponde el subsidio para mayores de 52 años, que sigue cotizando para la jubilación.
Autónomos
Los trabajadores autónomos deben estar al corriente en el pago de cuotas para cobrar la pensión. Si tienes deudas, la Seguridad Social te invitará a pagarlas antes de reconocer la prestación.
Si vives o has trabajado en el extranjero
Si resides en otro país de la UE o con convenio, normalmente presentas la solicitud ante la institución de seguridad social de tu país de residencia, que la remite a España. Cada país paga la parte que corresponde a lo cotizado allí.
Personas con discapacidad o trabajos penosos
Existen modalidades de jubilación anticipada para personas con un grado de discapacidad elevado y coeficientes reductores para determinadas profesiones (por ejemplo, la minería o algunas actividades especialmente penosas). Consulta tu caso en un CAISS.
Errores frecuentes
- Presentar la solicitud tarde: si pasan más de tres meses desde el cese, pierdes parte de lo que habrías cobrado.
- No revisar la vida laboral antes de solicitar la jubilación.
- Jubilarse anticipadamente sin calcular la reducción, que es permanente.
- Olvidar las retenciones: la pensión tributa en el IRPF, y si tienes otros ingresos puedes estar obligado a hacer la declaración de la renta.
Preguntas frecuentes
¿Cuentan los años cotizados en otros países?
Sí, los periodos cotizados en países de la UE o con convenio bilateral pueden sumarse para cumplir los requisitos.
¿Cuentan el servicio militar o la mili?
En algunos supuestos de jubilación anticipada se pueden computar hasta un año del servicio militar o la prestación social sustitutoria.
¿Puedo trabajar estando jubilado?
Sí, con las modalidades de jubilación activa o flexible, o con trabajos por cuenta propia que no superen el salario mínimo anual.
¿Qué pasa si no llego a 15 años cotizados?
No tendrás derecho a la pensión contributiva, pero, si tus ingresos son bajos, podrás pedir la pensión no contributiva de jubilación a partir de los 65 años en tu comunidad autónoma.
¿Puedo solicitar la jubilación si sigo trabajando?
Sí. Puedes presentarla hasta tres meses antes de la fecha prevista mientras sigues en activo, para que la pensión empiece a cobrarse justo después del cese.
Información orientativa basada en la normativa vigente en el momento de su redacción. Consulta siempre seg-social.es o un CAISS antes de tomar decisiones sobre tu jubilación.