Pensión no contributiva: requisitos, cuantía y solicitud

La pensión no contributiva es una prestación mensual para personas que no han cotizado lo suficiente para cobrar una pensión ordinaria y que no tienen ingresos suficientes para vivir. Existen dos modalidades: la de jubilación, para mayores de 65 años, y la de invalidez, para personas con una discapacidad igual o superior al 65 %. La gestionan las comunidades autónomas y, en Ceuta y Melilla, el Imserso. En esta guía te explicamos los requisitos, la cuantía orientativa, los documentos y cómo solicitarla.

Hombre mayor haciendo deporte, relacionado con la pensión no contributiva

Qué es la pensión no contributiva y quién puede pedirla

A diferencia de la pensión contributiva, no depende de lo que hayas cotizado, sino de tu situación económica. Está pensada para personas en situación de necesidad que nunca han trabajado o lo han hecho poco tiempo. Además de la prestación económica, da derecho a asistencia sanitaria y a servicios sociales.

  • Jubilación: personas de 65 años o más sin derecho a una pensión contributiva.
  • Invalidez: personas de 18 a 65 años con un grado de discapacidad o enfermedad crónica igual o superior al 65 %.

Si has cotizado bastantes años, comprueba antes si te corresponde una pensión contributiva: te lo explicamos en la guía para solicitar la jubilación.

Requisitos

Pensión no contributiva de jubilación

  • Tener 65 años o más.
  • Haber residido legalmente en España al menos 10 años entre los 16 años y la edad de solicitud, de los cuales 2 deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • Carecer de ingresos suficientes, según los límites que se fijan cada año.

Pensión no contributiva de invalidez

  • Tener entre 18 y 65 años.
  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.
  • Haber residido legalmente en España al menos 5 años, de los cuales 2 inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • Carecer de ingresos suficientes.

Al cumplir 65 años, la pensión de invalidez pasa a denominarse de jubilación, sin que tengas que hacer nada.

El límite de ingresos

Se considera que no tienes ingresos suficientes cuando los tuyos al año no superan el importe anual de la pensión. Si convives con familiares (la llamada unidad económica de convivencia), también se tienen en cuenta los ingresos de todos ellos, con un límite mayor según el número de convivientes y el parentesco. Estos límites se actualizan cada año, así que consulta los vigentes en tu comunidad autónoma.

Cuantía de la pensión no contributiva

La cuantía se fija cada año en los Presupuestos o por real decreto y se cobra en 14 pagas (12 mensuales y 2 extraordinarias). Orientativamente, la cuantía íntegra ronda los 560-600 euros al mes, pero varía cada año, así que consulta el importe actualizado.

  • Si tienes otros ingresos, la pensión se reduce en proporción, con un mínimo garantizado del 25 % de la cuantía íntegra.
  • Si el grado de discapacidad es del 75 % o más y necesitas ayuda de otra persona, puedes recibir un complemento del 50 %.
  • Si vives de alquiler y no tienes vivienda en propiedad, puedes pedir un complemento anual de alquiler.

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo oficial de tu comunidad autónoma.
  • DNI o NIE del solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia.
  • Certificado de empadronamiento y, si se pide, de convivencia. Consulta cómo obtener el certificado de empadronamiento online.
  • Justificantes de ingresos de todos los convivientes: nóminas, pensiones, declaración de la renta, rendimientos de cuentas, etc.
  • Para invalidez, la resolución del grado de discapacidad, si ya la tienes.
  • Datos de la cuenta bancaria donde quieres cobrar.

Cómo solicitar la pensión no contributiva paso a paso

  1. Comprueba los requisitos de edad o discapacidad, residencia e ingresos.
  2. Descarga el formulario en la web de los servicios sociales de tu comunidad autónoma o en la web del Imserso, donde también encontrarás las direcciones de los órganos de cada comunidad.
  3. Reúne la documentación tuya y de las personas con las que convives.
  4. Presenta la solicitud en los servicios sociales de tu comunidad, en tu ayuntamiento, en cualquier registro público o por la sede electrónica si tu comunidad lo permite.
  5. Si pides la de invalidez y no tienes reconocido el grado de discapacidad, el órgano gestor te citará para valorarlo.
  6. Espera la resolución. Si es favorable, empezarás a cobrar desde el mes siguiente a la solicitud.

Plazos

La Administración tiene un plazo de 90 días para resolver, aunque en algunas comunidades tarda más. Si se supera el plazo sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada, y puedes reclamar. Una vez concedida, cada año tendrás que presentar en el primer trimestre una declaración de ingresos para seguir cobrando.

Compatibilidades e incompatibilidades

  • Las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez son incompatibles entre sí.
  • Son incompatibles con las pensiones asistenciales y con algunos subsidios de garantía de ingresos.
  • El ingreso mínimo vital puede complementar los ingresos del hogar si se cumplen sus requisitos, pero la pensión cuenta como ingreso.
  • La de invalidez permite trabajar en ciertas condiciones, con límites de ingresos.

Errores frecuentes

  • No declarar los ingresos de los convivientes: puede llevar a reclamar lo cobrado indebidamente.
  • Olvidar la declaración anual de ingresos, que puede suponer la suspensión de la pensión.
  • No comunicar cambios de domicilio, de convivencia o de ingresos.

Resumen

Modalidad Edad Residencia Otros requisitos
Jubilación 65 años o más 10 años (2 inmediatamente anteriores) Ingresos por debajo del límite
Invalidez 18 a 65 años 5 años (2 inmediatamente anteriores) Discapacidad del 65 % o más e ingresos por debajo del límite

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se cobra de pensión no contributiva?

Orientativamente, entre 560 y 600 euros al mes en 14 pagas en su cuantía íntegra, menos si tienes otros ingresos. Consulta el importe actualizado del año en curso.

¿Puedo cobrarla si vivo con mis hijos?

Sí, pero se tienen en cuenta los ingresos de toda la unidad de convivencia. Si superan el límite, no tendrás derecho.

¿Pueden pedirla los extranjeros?

Sí, si residen legalmente en España y cumplen los años de residencia exigidos.

¿Dónde se pide?

En los servicios sociales de tu comunidad autónoma. En Ceuta y Melilla, en las direcciones territoriales del Imserso.

¿Puedo viajar fuera de España?

Sí, pero las estancias largas en el extranjero pueden afectar al requisito de residencia. Comunícalo si vas a pasar más de 90 días al año fuera.

¿Da derecho a asistencia sanitaria?

Sí. Además, los pensionistas no contributivos están exentos de aportación farmacéutica en la mayoría de los medicamentos.

Información orientativa basada en la información pública del Imserso en el momento de su redacción. Consulta siempre imserso.es antes de hacer el trámite.

Errores frecuentes con la pensión no contributiva

  • Presentar la solicitud en la Seguridad Social cuando la gestionan las comunidades autónomas.
  • No declarar correctamente las rentas de la unidad de convivencia, que determinan el derecho y la cuantía.
  • Superar el límite de ingresos o de patrimonio sin saberlo.
  • Olvidar comunicar cambios de ingresos o de domicilio, lo que puede obligar a devolver cantidades.
  • Confundir la pensión no contributiva con el Ingreso Mínimo Vital: son prestaciones distintas.

¿Dónde se solicita la pensión no contributiva?

En los servicios sociales de tu comunidad autónoma (o del IMSERSO en Ceuta y Melilla), no en las oficinas de la Seguridad Social.

¿Da derecho a asistencia sanitaria?

Sí. Quienes cobran una pensión no contributiva tienen acceso a la asistencia sanitaria pública y a otras prestaciones asociadas.

Fuentes oficiales consultadas

Última revisión: 23 de octubre de 2026. Portal Trámites es una web informativa e independiente, no un organismo oficial: antes de hacer el trámite, comprueba los datos vigentes en la sede del organismo. Si ves algún dato desactualizado, avísanos.

Escrito por Maxim

Soy Maxim y creé Portal Trámites para explicar de forma clara los trámites que he tenido que hacer yo mismo en España, reuniendo en un solo sitio qué necesitas, cuánto cuesta y dónde se hace. Más sobre mí.

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