Cómo obtener el certificado de estar al corriente con Hacienda

El certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias acredita que no tienes deudas pendientes con Hacienda y que has presentado las declaraciones que te corresponden. Lo piden para optar a subvenciones, contratar con la Administración, solicitar becas o firmar algunos contratos con empresas. Se obtiene gratis y, por internet, al instante. Te contamos cómo pedirlo, qué hacer si sale negativo y los errores más habituales.

Firma de un documento, certificado de estar al corriente con Hacienda

Para qué sirve el certificado de estar al corriente

  • Subvenciones y ayudas públicas: es requisito casi siempre.
  • Contratación pública: licitaciones y contratos con ayuntamientos o ministerios.
  • Subcontratación entre empresas: la empresa principal suele pedirlo a sus subcontratistas.
  • Trámites de extranjería y algunas solicitudes de becas.

En el caso de la subcontratación, la Ley General Tributaria prevé que la empresa que contrata o subcontrata obras o servicios de su actividad principal pueda responder de deudas tributarias del subcontratista, salvo que este le aporte un certificado específico. Por eso las empresas lo exigen con tanta frecuencia.

Requisitos para obtenerlo

Se emite en sentido positivo si cumples dos condiciones:

  1. Haber presentado las declaraciones y autoliquidaciones obligatorias (renta, IVA, retenciones, etc.).
  2. No tener deudas con la Agencia Tributaria en periodo ejecutivo, salvo que estén aplazadas, fraccionadas o suspendidas.

Si no se cumplen, el certificado sale negativo e indica el motivo. Uno de los motivos más comunes es no haber presentado una renta a la que estabas obligado; si tienes dudas, repasa nuestra guía de la declaración de la renta con Renta WEB.

Cómo obtener el certificado de estar al corriente por internet

  1. Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
  2. Ve a Todos los trámites > Certificaciones > Declaraciones tributarias. También puedes ir directamente al apartado de Certificaciones.
  3. Elige Expedición de certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias. Hay versiones según la finalidad: general, para contratar con el sector público o para subvenciones.
  4. Identifícate con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
  5. Selecciona la finalidad del certificado y envía la solicitud.
  6. Si no hay incidencias, podrás descargarlo en PDF en el momento o en pocos minutos desde el apartado de consulta de certificados.

El PDF lleva un código seguro de verificación (CSV) con el que cualquier entidad puede comprobar que es auténtico.

Si todavía no tienes identificación electrónica, te explicamos cómo registrarte en Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente y cómo obtener el certificado digital de la FNMT. Para empresas y autónomos, el certificado digital es la opción más práctica.

Cómo obtenerlo en persona

Puedes pedirlo en cualquier oficina de la Agencia Tributaria con cita previa, presentando tu DNI o NIE. Si lo pides para otra persona o una empresa, necesitarás una autorización o poder de representación. En este caso no suele ser inmediato: la oficina tramita la solicitud y te lo entrega o notifica después.

Cuánto tiempo es válido

En general, el certificado tiene una validez de 12 meses desde su emisión, aunque la entidad que te lo pide puede exigir que sea más reciente (por ejemplo, de menos de seis meses o de menos de 30 días). Revisa siempre las bases de la convocatoria o el contrato.

Plazos para tramitarlo

Por internet, si todo está en orden, se obtiene al momento. Si Hacienda tiene que hacer alguna comprobación, la expedición puede retrasarse unos días; el plazo máximo concreto lo marca la normativa tributaria y puedes consultarlo en la propia ficha del trámite de la sede. Si lo necesitas para una convocatoria con fecha límite, pídelo con al menos una o dos semanas de margen, para tener tiempo de presentar una declaración olvidada o pedir un aplazamiento si el resultado es negativo.

Si te sale negativo

  • Por falta de declaraciones: presenta las que falten (aunque sea fuera de plazo) y vuelve a solicitarlo.
  • Por deudas: pagas la deuda o solicitas un aplazamiento o fraccionamiento. Una vez concedido, el certificado saldrá positivo.
  • Si crees que es un error: contacta con la Agencia Tributaria o presenta alegaciones aportando los justificantes.

Casos especiales

Autónomos

Al tener más obligaciones (IVA trimestral, pagos fraccionados, retenciones), es más fácil que falte alguna. Antes de pedirlo, revisa en la sede tus declaraciones presentadas. Si acabas de empezar, consulta cómo darse de alta como autónomo para tener claras todas tus obligaciones desde el principio.

Empresas y representantes

Puede pedirlo el administrador con el certificado de representante de la sociedad o un asesor como colaborador social o apoderado.

Personas extranjeras

Algunos trámites de residencia y nacionalidad lo exigen. Necesitarás tener NIE y, si vas a hacerlo por internet, identificación electrónica. Si estás empezando ese proceso, mira cómo pedir cita previa en Extranjería para el NIE y la TIE.

País Vasco y Navarra

Si tributas en una hacienda foral, el certificado lo emite tu diputación foral o la Hacienda de Navarra, no la Agencia Tributaria estatal.

Errores frecuentes

  • Elegir una finalidad que no corresponde: si es para una subvención, pide el modelo para subvenciones.
  • Presentar un certificado caducado o más antiguo de lo que exige la convocatoria.
  • Aportar solo el de Hacienda cuando también piden el de la Seguridad Social o el de tu comunidad autónoma.
  • Esperar al último día: si sale negativo, necesitarás tiempo para regularizar.

Certificados relacionados

  • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social: se pide en la sede electrónica de la Seguridad Social y suele exigirse junto al de Hacienda.
  • Certificado de situación censal: acredita tu alta en actividades económicas.
  • Certificado de IRPF: resumen de tu declaración de la renta, útil para becas o hipotecas.
  • Certificados de la hacienda autonómica o local, que se piden por separado.

Tabla resumen

Aspecto Detalle
Coste Gratuito
Dónde se pide Sede electrónica de la Agencia Tributaria u oficina con cita
Identificación Cl@ve, certificado digital o DNIe
Plazo Inmediato por internet si no hay incidencias
Validez general 12 meses (salvo que la entidad pida uno más reciente)

Preguntas frecuentes

¿Tiene coste?

No, es totalmente gratuito.

¿Puedo pedirlo si no tengo actividad económica?

Sí. Cualquier persona física puede solicitarlo; solo se comprobarán sus obligaciones como particular.

¿Cuánto tarda?

Por internet, normalmente es inmediato. Si hay alguna comprobación pendiente, puede tardar unos días.

¿Puedo autorizar a la Administración para que lo consulte por mí?

Sí. En muchas subvenciones basta con marcar una casilla de autorización en la solicitud para que el organismo consulte directamente tu situación con Hacienda, sin que tengas que aportar el certificado de estar al corriente.

¿Cómo compruebo si un certificado es auténtico?

Introduce el código seguro de verificación (CSV) del documento en el servicio de cotejo de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Información orientativa basada en la información pública de la Agencia Tributaria en el momento de su redacción. Consulta siempre agenciatributaria.gob.es antes de hacer el trámite.

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